¿Formalización de la propiedad? ¿Incremento de impuestos?, estas fueron las preguntas orientadoras del ¡Conversemos! ¿Para qué un Distrito Rural Campesino en Medellín?,espacio donde nos encontramos campesinas, campesinos y diferentes actores sociales y comunitarios. El 13 de agosto de 2020, en compañía de la Asamblea Campesina del Valle de Aburrá, nos reunimos en una versión más del Conversemos, en esta ocasión de forma virtual con el objetivo de aclarar dudas, brindar información y prevenir a las comunidades campesinas sobre el catastro multipropósito, el impuesto predial y los efectos que pueden generar.
Así pues, se explicó que el catastro multipropósito, a diferencia del catastro tradicional, apela a un modelo que pretende diversificar la naturaleza de los datos sobre los que trabaja, debido a que trasciende los aspectos físicos, jurídicos y económicos de una propiedad para tener en cuenta aspectos sociales, culturales y territoriales de las personas que habitan los predios. Oscar Darío Quintero Zapata, profesional en geoinformática, habló de los beneficios que este nuevo enfoque puede traer a las comunidades rurales, ya que, a partir del catastro multipropósito, “las personas pueden resolver conflictos de tierras, acceder a la formalización de predios y, como resultado, tener más gobernanza sobre sus propios territorios”.
Por otra parte, Carlos Arturo Cadavid, abogado y coordinador de la Alianza Internacional de Habitantes (AIH), desarrolló el tema del impuesto predial, explicó cómo se determinan las tarifas de los impuestos y las leyes por medio de las que se reglamenta este aspecto. A su vez, la perspectiva que se expuso no fue muy alentadora en cuanto a lo que podría hacerse para alivianar el impacto del impuesto en la economía de los hogares campesinos.
El Impuesto Predial Unificado se define como el tributo de carácter local que se cobra según el principio impositivo de capacidad de pago, debido a que grava el patrimonio de las personas según el valor de las propiedades inmuebles que posean. Además, dichas tarifas se encuentran diferenciadas de acuerdo a los estratos socioeconómicos, los usos del suelo en el sector urbano, la antigüedad de la formación o actualización del catastro, rango de área y avalúo catastral. Otros aspectos tenidos en cuenta fueron los beneficios a los que la población podría acceder si cumple con lo requerido, las modalidades de pago alternativas y las acciones que las personas que viven en una casa donada por el Estado puede realizar para quedar exentos de tributar por lo menos durante diez años.
El espacio permitió la participación de personas de los cinco corregimientos de Medellín y de las veredas de los diferentes municipios del Valle de Aburrá. De igual modo, se lograron despejar algunas dudas e inquietudes que los asistentes enunciaron previo al conversatorio y durante el mismo. Finalmente, la invitación quedó abierta a seguir participando en estos conversatorios para fortalecer el Distrito Rural Campesino para Medellín por medio de un trabajo vivencial acorde con el derecho de construir realidades propias, pues una de esas es la relación que tejen los territorios con la Administración Municipal y que se concreta a través de los impuestos y de la formalización de la propiedad.
👀 Encuentra aquí la transmisión del evento: ‘Conversemos: Catastro multipropósito en la ruralidad’
15 de julio de 2020
¿Sabía usted que los impuestos prediales que se pagan en la ruralidad no corresponden a la realidad del territorio? ¿Sabía usted que en la actualidad, entre 6 y 7 de cada 10 pequeñas parcelas campesinas no tienen formalizada su propiedad rural y por ende no pueden acceder a créditos, ni subsidios, pero que de todas maneras muy cumplidamente les llega la factura con altos costos del predial? ¿Sabía usted que entre mayo y junio del presente año funcionarios de la administración municipal han visitado predios pidiendo las fotos de la cocina, el baño y la habitación principal, para supuestamente adelantar un estudio sobre el límite urbano? Se repite así, la vieja historia de valorar los predios rurales campesinos con criterios de vivienda urbana y no de pequeñas fincas campesinas.
¿Sabían ustedes que la administración municipal de Medellín: secretaría de Hacienda, Planeación Municipal y Secretaría de Desarrollo, no tienen criterios claros para diferenciar la propiedad rural (las pequeñas parcelas campesinas) de la propiedad urbana en sus estudios de vivienda, en el Plan Habitacional, en estudios del estado de la propiedad, en la valoración de la propiedad, en catastro y en la forma de definir la tarifas del predial?
Una manera de urbanizar la ruralidad es dándoles tratamientos de urbanos a las pequeñas fincas campesinas en materia de impuestos municipales. Los actores armados ilegales, la presión de la inmobiliaria urbana y el cobro desmedido de impuestos se transforman en los 3 ejes principales del despojo de tierras rurales en Medellín: mercado especulativo apalancado con amenazas de actores armados, acumulación de tierras en manos de especuladores y urbanizadores, y cobro desmedido de impuestos.
En 2013 surge la idea del catastro multipropósito en Colombia y con ello, se busca actualizar la información de los predios tanto urbanos como rurales. Sin embargo, si esta actualización no se hace con criterios claros que diferencien la propiedad rural, las pequeñas parcelas productivas, de la propiedad urbana, este catastro no va a cumplir con su función de contribuir con la formalización de la propiedad rural y entonces, solo va a servir para subir los impuestos.
La Alcaldía de Medellín históricamente le ha cobrado los impuestos prediales a la comunidad campesina sin que haya formalización de predios y con los mismos criterios que se cobran los impuestos prediales en la ciudad, siendo este un flagrante atropello debido a que estos predios se destinan para la producción de alimentos y son distintas las condiciones topográficas, sociales y económicas de la población campesina. El aumento desmedido de impuestos se traduce, para la ruralidad campesina de pequeñas y medianas propiedades, en pérdidas de la propiedad, endeudamiento desmedido con el municipio y en despojo del territorio.
En Colombia y en este caso puntual en Medellín, los y las campesinas han quedado rezagados del “desarrollo rural” y tienen actualmente los índices más bajos de calidad de vida del municipio, debido entre otras cosas, a la negligencia y a la falta de voluntad política para formalizar las tierras campesinas y porque no hay un tratamiento catastral diferenciado, según las características específicas del territorio rural.
Es hora de que la actual administración municipal actúe con transparencia, cumpla con el compromiso constitucional de una participación bien informada para la toma de decisiones y que garantice un tratamiento diferenciado para la comunidad campesina, en cuanto al cobro del impuesto predial y la implementación del catastro multipropósito, debido a que este es un asunto con implicaciones directas a la calidad de vida, a la protección de sus derechos humanos y a su bienestar.
Es bueno recordar que las dos leyes básicas que rigen el sistema tarifario del impuesto predial en Colombia, la Ley 14 de 1983 y la Ley 44 de 1990, autorizan a las administraciones municipales a otorgar exenciones totales y parciales, así como tarifas especiales, en este caso para la ruralidad campesina. De manera que… NO HAY EXCUSA.
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Corporación Ecológica y Cultural Penca de Sábila